La Importancia del Objeto Social en la Estrategia de Licitación
Participar en licitaciones públicas es una excelente oportunidad de negocio para PYMEs, empresarios y autónomos. Sin embargo, existe un aspecto legal fundamental que a veces se pasa por alto: el objeto social de la empresa. Este concepto, lejos de ser un mero trámite administrativo, juega un papel clave en la estrategia de participación en contratos públicos. A continuación, en un tono divulgativo y práctico, explicaremos qué es el objeto social, por qué debe alinearse con los contratos a los que se quiere optar, ejemplos de exclusión por un objeto social inadecuado, y consejos para revisarlo y adaptarlo correctamente en los estatutos o en las altas censales (modelo 036). Comencemos.
¿Qué es el objeto social de una empresa?
El objeto social de una empresa es la descripción de la actividad o actividades económicas a las que se va a dedicar. Se plasma en los estatutos sociales al constituir la sociedad (por ejemplo, en la escritura de constitución de una S.L. o S.A.) y define qué tipo de negocios puede legalmente realizar la compañía. En otras palabras, delimita el ámbito de actividad de la empresa de acuerdo con su finalidad fundacional.
Generalmente, las empresas establecen un objeto social bastante amplio. Esto se debe a que modificar los estatutos más adelante conlleva convocar una junta de socios, elevar el acuerdo a escritura pública ante notario e inscribirlo en el Registro Mercantil. Por ese motivo, el objeto social típico no solo enumera las actividades principales actuales, sino también otras actividades accesorias o futuras que podrían interesar en el porvenir. Por ejemplo, una empresa de servicios informáticos podría incluir en su objeto social no solo «desarrollo de software», sino también «consultoría tecnológica» o «formación en informática» por si decide ofrecer esos servicios más adelante.
Ahora bien, amplitud no debe ser sinónimo de vaguedad. La Ley de Sociedades de Capital y el Registro Mercantil exigen que el objeto social esté definido con claridad, indicando de forma concreta las actividades para evitar ambigüedades. Un método práctico para lograr esa claridad es utilizar las clasificaciones oficiales (códigos IAE o CNAE) al redactar el objeto social, mencionando los epígrafes correspondientes según la actividad. De esta forma nos aseguramos de que quede claro a qué se dedica la empresa y evitamos problemas en la inscripción registral o interpretaciones confusas en el futuro.
¿Y qué sucede con los autónomos? Si bien un trabajador autónomo no tiene «estatutos» ni un objeto social formal, el concepto equivalente sería la actividad económica declarada en Hacienda. Al darse de alta en el censo (modelo 036/037), el autónomo elige uno o varios epígrafes IAE que describen su actividad profesional o empresarial. Esto define a qué se dedica a efectos fiscales y, como veremos, también resulta relevante al optar a un contrato público.
Importancia del objeto social en las licitaciones públicas
Cuando se trata de contratación pública, el objeto social de la empresa cobra una importancia crítica. La legislación vigente en España, a través de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público (LCSP), establece de forma explícita que solo pueden adjudicarse contratos a personas jurídicas cuya prestación esté comprendida en su objeto social o fines estatutarios. En la práctica, esto significa que si tu empresa se presenta a una licitación cuyo objeto (la actividad a realizar en el contrato) no está incluido en tu objeto social, la oferta será excluida directamente del procedimiento. No es una mera formalidad: es un requisito legal de capacidad de obrar.
La razón detrás de esta exigencia es garantizar que las empresas que concurren tengan la capacidad y legitimidad para ejecutar el contrato de acuerdo con su finalidad societaria. En otras palabras, se busca que el adjudicatario esté calificado y especializado en el ámbito del contrato. Por ejemplo, una empresa constituida para prestar servicios de consultoría informática no debería, en principio, resultar adjudicataria de un contrato público de mantenimiento de jardines, porque dicha actividad no guarda relación con su objeto social y por tanto la empresa carecería de la aptitud legal para ese contrato.
Cabe destacar que esta vinculación no implica que la redacción del objeto social deba coincidir literalmente con el objeto del contrato. La normativa no exige una coincidencia exacta de términos, sino una correspondencia en sentido amplio. Es suficiente con que las prestaciones del contrato entren, de forma directa o indirecta, dentro del ámbito de actividad descrito por el objeto social de la empresa. Por tanto, las administraciones deberían interpretar el objeto social con flexibilidad, asegurándose de que los licitadores estén capacitados para realizar la prestación, pero fomentando la máxima concurrencia de ofertas posibles. En resumen, ni un exceso de celo ni dejadez: si tu objeto social abarca la actividad del contrato (aunque con otras palabras o de modo genérico), no tendrían por qué excluirte; pero si omite por completo esa línea de actividad, estarás fuera de juego.
Ejemplos de exclusión por un objeto social inadecuado
Las consecuencias de no alinear el objeto social con la licitación pueden ser drásticas. Veamos algunos ejemplos que ilustran cómo una redacción inadecuada o desactualizada del objeto social puede suponer la exclusión de una licitación:
- Empresa fuera de su sector: Imaginemos una PYME cuyos estatutos indican que su objeto social es la “comercialización de artículos de papelería y oficina”. Si esta empresa decide presentarse a una licitación para el suministro e instalación de equipamiento médico en un hospital, es muy probable que la mesa de contratación la excluya. ¿El motivo? La actividad licitada (equipamiento médico) no guarda relación con las actividades de papelería descritas en sus estatutos, lo que evidencia una falta de capacidad legal para ese contrato. Aunque la empresa tuviera los medios materiales o la intención de subcontratar a expertos, legalmente su objeto social no la habilita para ese tipo de contrato, resultando en su descalificación automática.
- Objeto social demasiado genérico o ambiguo: Otro caso común es el de empresas con objetos sociales redactados en términos muy genéricos, del estilo “realización de actividades comerciales e industriales en general” sin especificar rubro. Si una compañía así se presenta a un contrato muy específico (por ejemplo, servicios de mantenimiento de ascensores), podría enfrentar problemas. La administración podría cuestionar si dentro de ese amplio y vago enunciado se incluye claramente la actividad de mantenimiento de ascensores. Una redacción ambigua puede abrir la puerta a interpretaciones restrictivas por parte del órgano de contratación, poniendo en riesgo la oferta. Por ello, es recomendable que el objeto social, aun siendo amplio, mencione explícitamente las actividades clave que se corresponden con los sectores donde la empresa desea operar.
- Caso real: UTE excluida por IAE no coincidente: Existe jurisprudencia reciente que refuerza esta idea de alineación entre objeto social y contrato. En 2021, una Unión Temporal de Empresas (UTE) fue propuesta inicialmente como adjudicataria de un contrato de “servicio de atención infantil temprana”, pero finalmente fue excluida porque las actividades en las que estaban dadas de alta sus integrantes no coincidían con el objeto del contrato Concretamente, las empresas de la UTE solo tenían inscritos epígrafes IAE referentes a «asuntos de personal y orientación profesional» y «servicios sociales y educativos generales», pero no uno específico de atención infantil temprana. El Tribunal Administrativo de Contratos de la Junta de Andalucía avaló la exclusión, concluyendo que no es posible la participación en una licitación si no existe correspondencia entre el IAE (actividad declarada) de la empresa y el objeto del contrato. Este ejemplo muestra que, en la práctica, las mesas de contratación revisan tanto los estatutos como la situación censal de la empresa para verificar la adecuación de su objeto a la prestación licitada.
Como se aprecia, una mala redacción o una omisión en el objeto social puede costarle a una empresa perder un contrato, incluso si su oferta económica y técnica son excelentes. Por eso es vital prestar atención a este punto antes de presentarse a la licitación, no después. A continuación, veremos cómo puedes revisar y adaptar el objeto social de tu empresa para evitar estos contratiempos.
Cómo revisar y adaptar el objeto social de tu empresa
Si descubres que el objeto social de tu empresa no está alineado con los contratos públicos a los que aspiras, es momento de tomar acción. Dependiendo de si eres una sociedad mercantil o un trabajador autónomo, los pasos para ajustar el objeto social o las actividades declaradas son diferentes:
- Empresas (sociedades mercantiles): Debes revisar la cláusula de objeto social en tus estatutos. Localiza exactamente qué actividades incluye. ¿Falta alguna actividad relevante para las licitaciones que te interesan? Si es así, tendrás que modificar los estatutos para ampliarla o precisar la redacción. Este proceso requiere un acuerdo de la junta de socios o accionistas aprobando el nuevo objeto social, elevar ese acuerdo a escritura pública ante notario, e inscribir la modificación en el Registro Mercantil. Es un trámite formal que lleva tiempo y costes notariales/registrales, pero imprescindible si quieres que tu empresa tenga capacidad legal en nuevos ámbitos. Un consejo práctico es aprovechar la modificación para dejar el objeto social lo suficientemente amplio cubriendo posibles actividades futuras, siempre con claridad. Recuerda que es común incluir las actividades principales y otras complementarias que puedan interesar en adelante. Por ejemplo, si hasta ahora te dedicabas a instalaciones eléctricas pero planeas licitar servicios de telecomunicaciones, podrías reformular el objeto social a algo como: “Instalaciones y mantenimiento de infraestructuras eléctricas, electrónicas, de telecomunicaciones y otras instalaciones técnicas en edificios y espacios públicos”. De ese modo, abarcas ambas áreas. Eso sí, asegúrate de que la redacción sigue siendo clara y concreta, apoyándote si hace falta en términos de la clasificación CNAE o IAE para describir las nuevas actividades. Por último, una vez modificados los estatutos, actualiza también tu situación censal en Hacienda: da de alta los nuevos epígrafes IAE relacionados con las actividades añadidas para estar al día a nivel fiscal.
- Autónomos y empresarios individuales: En el caso de trabajadores autónomos o profesionales, al no existir estatutos, la clave es revisar las actividades en las que estás dado de alta en Hacienda. Esto se hace mediante la declaración censal. Si deseas empezar a ofrecer un servicio nuevo para presentarte a ciertas licitaciones (por ejemplo, un consultor autónomo en marketing que quiere también optar a contratos de formación), tendrás que añadir el epígrafe IAE correspondiente a esa nueva actividad. Añadir actividades económicas es sencillo: basta con presentar un modelo 036 o 037 de modificación censal ante la Agencia Tributaria. Normalmente se usa el modelo 036, indicando en la casilla correspondiente que se trata de alta de una nueva actividad, especificando el código IAE y la fecha de inicio. Este trámite se puede hacer en cualquier momento (no solo al inicio de la actividad) y no tiene coste; incluso puedes realizarlo en línea con certificado digital en la sede electrónica de Hacienda. En definitiva, si eres autónomo asegúrate de que cada servicio que ofreces y por el que vas a licitar esté reflejado en algún epígrafe IAE de tu alta censal. Así, cuando presentes oferta, podrás acreditar documentalmente (con un certificado de situación censal) que realizas esa actividad económica.
Importante: Ten en cuenta que dar de alta una actividad en Hacienda no sustituye la necesidad de incluirla en el objeto social si operas bajo una sociedad. Son cosas distintas. Los estatutos sociales delimitan la capacidad de obrar de la empresa, mientras que los certificados de alta en el IAE acreditan el cumplimiento de obligaciones tributarias, pero no amplían por sí mismos el ámbito de actividades para el que la empresa está habilitada】. En otras palabras, una sociedad podría, en teoría, haberse dado de alta en Hacienda en un epígrafe para facturar cierta actividad, sin tener esa actividad en sus estatutos, y ello no solucionaría el problema de capacidad legal. Por eso, siempre que actúes con una sociedad, primero modifica los estatutos (habilitándote legalmente para la nueva actividad) y luego actualiza la información censal (habilitándote fiscalmente). Ambas cosas deben ir de la mano antes de concurrir a la licitación.
Al revisar o redactar de cero el objeto social, puede ser útil buscar asesoramiento de un abogado mercantil o asesor especializado en contratación pública. Ellos pueden guiarte en la correcta formulación, e incluso sugerir incluir cierta terminología alineada con los Códigos CPV (Common Procurement Vocabulary) o la jerga de los pliegos, para que quede aún más evidente que tu empresa encaja con la prestación del contrato.
Recomendaciones para PYMEs y autónomos que comienzan a licitar
Si estás dando tus primeros pasos en el mundo de las licitaciones públicas, aquí van algunas recomendaciones finales para asegurarte de que el objeto social de tu empresa no sea un obstáculo, sino más bien un punto fuerte en tu estrategia:
- Planifica con antelación: Antes de lanzarte a concursar en un contrato público, verifica los requisitos del pliego relacionados con la capacidad del licitador. Si el contrato pertenece a un sector en el que tu objeto social actual no encaja perfectamente, aborda la modificación con tiempo. No esperes a ganar un contrato para entonces intentar adaptar tu objeto social; si lo haces tarde, ya habrás sido excluido en la fase de selección. Prepárate con meses de antelación, sobre todo porque cambios estatutarios pueden demorar semanas en ser efectivos.
- Objetos sociales claros y amplios a la vez: Al constituir tu empresa (o al modificar sus estatutos), busca un equilibrio en la definición del objeto social. Incluye todas las actividades principales en las que piensas desarrollar negocio y también aquellas complementarias que intuyes que podrías abordar en el futuro. Por ejemplo, si vas a ofrecer servicios de ingeniería, quizás te convenga añadir también consultoría técnica, formación especializada o venta de equipos relacionados. Así no tendrás que hacer cambios cada vez que diversifiques. Pero asegúrate de que cada actividad esté bien definida y no haya contradicciones. Esto no solo te evitará problemas en licitaciones, sino que facilitará la inscripción de la empresa y dará confianza a terceros sobre a qué te dedicas.
- Mantén tus registros al día (estatutos e IAE): Haz una revisión periódica de tus estatutos sociales y de tus epígrafes IAE en Hacienda. Las empresas evolucionan; puede que empezaras en un nicho y ahora te hayas expandido a otro. Cada cierto tiempo (por ejemplo, anualmente o antes de preparar un plan de licitaciones) comprueba que toda actividad que ofreces figura en tus papeles. Si detectas brechas, subsánalas de inmediato. Del mismo modo, cuando Hacienda actualiza los epígrafes o cuando cambias de domicilio fiscal, etc., revisa que tu certificado censal refleje correctamente tus actividades, ya que las mesas de contratación pueden solicitarlo.
- Documentación preparada: A la hora de presentar oferta, ten listos los documentos que prueban tu capacidad de obrar. Normalmente se te requerirá la escritura de constitución y estatutos (o sus modificaciones) donde conste el objeto social vigente. Destaca (con un marcador o nota) la cláusula del objeto social cuando entregues copias, para facilitar al evaluador verificar que incluye la actividad del contrato. Asimismo, es útil adjuntar tu certificado de situación censal reciente, que indica los epígrafes IAE activos. Aunque legalmente el IAE no define tu capacidad, demuestra buena fe y transparencia mostrar que estás dado de alta en la actividad correspondiente, evitando dudas sobre tu dedicación real a ese sector.
- Asesórate y fórmate: El mundo de la contratación pública tiene sus particularidades legales. Si estás comenzando, no dudes en buscar formación (hay cursos y guías para PYMEs sobre cómo licitar) y contar con un asesor especializado en contratación pública para que revise tu documentación. Un experto te alertará si ve algún desajuste en tu objeto social respecto a un contrato objetivo, o si detecta posibles causas de exclusión subsanables antes de entregar la oferta. Considera que la inversión en asesoría puede ahorrarte la pérdida de contratos importantes.
En conclusión, alinear el objeto social con los contratos públicos es un paso estratégico imprescindible para cualquier pequeña o mediana empresa, empresario individual o autónomo que quiera triunfar en la licitación pública. No se trata solo de cumplir un trámite, sino de asegurar que tu empresa tiene la aptitud legal para el contrato al que aspira. Revisa tus estatutos o actividades censales, ajústalos si es necesario, y podrás presentarte a las licitaciones con la tranquilidad de que no serás excluido por un detalle formal, sino que competirás en igualdad de condiciones por precio y calidad. Preparándote bien en este aspecto, estarás un paso más cerca de lograr adjudicaciones y hacer crecer tu negocio en el sector público. ¡Mucha suerte en tus licitaciones!