El pasado sábado se publicó en BOE un Real Decreto (Real Decreto Ley 28/2018 de 28 de diciembre) de medidas urgentes en materia laboral que afecta a diversas cuestiones y que resumimos a continuación:
Derogación de contratos e incentivos vinculados a la tasa de desempleo del 15%.
Es decir que quedan expresamente derogados:
– El contrato indefinido de apoyo a emprendedores
– La posibilidad de realizar contratos de formación y aprendizaje a personas de entre 25 y 30 años
– El incentivo para contratos a tiempo parcial con vinculación formativa.
– El contrato indefinido de apoyo a emprendedores.
– La contratación indefinida de jóvenes por microempresas y empresarios autónomos.
– Los incentivos a la contratación en nuevos proyectos de emprendimiento joven.
– El contrato al primer empleo joven.
– Los incentivos a los contratos en prácticas.
– La norma incluye la derogación de la medida de ayuda de acompañamiento al salario (430€) de los jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
El Real decreto afecta también a cuestiones relativas a trabajadores autónomos, a los contratos de corta duración, a los contratos de trabajadores en prácticas, a los tipos y bases de cotización para el año 2019 y a las prorrogas de beneficios en materia de jubilación.
Por tanto, El Ministerio de Empleo elimina todos los contratos bonificados que existían condicionados a la tasa del 15% de nivel de desempleo, quedando como único contrato bonificado a partir de la aprobación de esta norma el Contrato para la Formación y el Aprendizaje. la edad máxima permitida para un contrato de formación vuelve a ser de hasta 24 años, inclusive.
La nueva norma afecta de igual forma al SMI que experimenta un incremento considerable pasando a ser de 900€ en 14 pagas o lo que es lo mismo, 1050€ en 12 pagas.
La medida ha entrado en vigor con fecha 1 de enero de 2019