Calculadora de bajas temerarias

Utilice nuestra calculadora para verificar ofertas anormalmente bajas:

Herramienta para calcular ofertas anormalmente bajas según la LCSP

Datos del Contrato

Marco Normativo

Cálculo según el artículo 149 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público (LCSP) y el artículo 85 del RD 1098/2001.

Ver criterios de cálculo
  • 1 licitador: No se aplica el criterio de baja temeraria
  • 2 licitadores: Inferior en más del 25% a la otra oferta
  • 3 licitadores: Inferior en más del 10% a la media aritmética
  • 4 o más licitadores: Inferior en más del 10% a la media, excluyendo el 10% de ofertas más altas y más bajas

1. Origen y finalidad

  • La normativa principal es la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP).

  • Transpone las Directivas europeas 2014/23/UE y 2014/24/UE.

  • Objetivo: garantizar que la contratación pública sea transparente, eficiente, abierta a la competencia y genere valor para el ciudadano.


2. Ámbito de aplicación

  • Aplica a todas las Administraciones Públicas: estatal, autonómica y local.

  • Incluye también organismos dependientes (fundaciones, sociedades mercantiles públicas, consorcios, universidades públicas, hospitales…).

  • Regula la contratación cuando se usan fondos públicos o existe control público relevante.


3. Principios básicos de la LCSP

  • Libre competencia y concurrencia: cualquier empresa puede participar en igualdad de condiciones.

  • Publicidad y transparencia: obligación de publicar licitaciones (Perfil del Contratante y Plataforma de Contratación del Sector Público).

  • Eficiencia en el gasto público.

  • Integridad y lucha contra la corrupción.

  • Sostenibilidad social y medioambiental: cláusulas sociales, de igualdad y ecológicas cada vez más relevantes.


4. Tipos de contratos según la LCSP

  1. Contrato de obras → Ejecución de infraestructuras, edificaciones, carreteras, etc.

  2. Contrato de suministros → Adquisición de bienes muebles (ej. ordenadores, vehículos, mobiliario).

  3. Contrato de servicios → Prestación de actividades externas (marketing, limpieza, asesoría, mantenimiento…).

  4. Contratos de concesión de obras y de servicios → Cuando el contratista asume el riesgo de la explotación.


5. Procedimientos de adjudicación

  • Abierto → Cualquier empresa puede presentar oferta. Es el más común.

  • Restringido → Solo participan las empresas invitadas tras una selección previa.

  • Negociado con publicidad → Se invita a negociar con varios licitadores.

  • Negociado sin publicidad → Excepcional (urgencia, exclusividad, etc.).

  • Asociación para la innovación → Para proyectos de I+D+i.

  • Procedimiento simplificado y supersimplificado → Para contratos de menor cuantía (más rápido).


6. Umbrales económicos relevantes (2025)

  • Contrato menor:

    • Obras ≤ 50.000 €

    • Servicios y suministros ≤ 15.000 €
      (se adjudican directamente, pero con justificación).

  • Procedimiento abierto simplificado:

    • Obras hasta 5.382.000 €

    • Suministros y servicios hasta 215.000 €

(Cifras alineadas con umbrales UE actualizados cada cierto tiempo por el Ministerio de Hacienda y Función Pública).


7. Obligaciones de los licitadores

  • Inscripción en ROLECE (Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas) para poder presentar ofertas electrónicas en procedimientos simplificados.

  • Uso obligatorio de medios electrónicos → Las ofertas deben presentarse en la Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACSP) o plataformas autonómicas/locales equivalentes.

  • Clasificación empresarial: necesaria para ciertos contratos de obras y servicios de gran importe.

  • Cumplimiento fiscal y laboral: estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social.


8. Criterios de adjudicación

  • Oferta económicamente más ventajosa, pero no solo precio.

  • Se valoran criterios automáticos (precio, plazo, garantías) y subjetivos (memoria técnica, calidad, innovación, sostenibilidad).

  • Se fomenta evitar la “baja temeraria” → ofertas anormalmente bajas se revisan con fórmulas específicas (ahí entra la calculadora de bajas temerarias).


9. Duración de los contratos

  • Regla general: 5 años máximo (incluidas prórrogas).

  • Excepciones: contratos que por su naturaleza necesiten más tiempo (ej. concesiones hasta 40 años).


10. Modificación y ejecución

  • No se puede cambiar libremente: solo en casos previstos en los pliegos o en la LCSP.

  • Ejecución debe cumplir estrictamente los pliegos.

  • Posible resolución por incumplimiento, mutuo acuerdo o interés público.


11. Novedades clave de la LCSP

  • Prohibido fraccionar contratos para evitar publicidad.

  • Refuerzo del control antifraude y anticorrupción.

  • Mayor peso a la sostenibilidad social y medioambiental en la adjudicación.

  • Obligación de que los contratos se gestionen electrónicamente (perfil del contratante, notificaciones, presentación de ofertas).

  • Subcontratación regulada: el contratista principal debe pagar a subcontratistas en plazo.


12. Dónde encontrar licitaciones

  • Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACSP): contrataciondelestado.es

  • Plataformas autonómicas y locales.

  • Herramientas privadas y consultoras (Hans-Soluciones, Gesylic, etc.) que ofrecen alertas personalizadas.


✅ En resumen: la LCSP busca un mercado público más transparente, competitivo y justo. Para pymes y autónomos, dominar esta ley significa acceder a miles de oportunidades de negocio que cada año mueven más del 20% del PIB español en contratación pública.

La Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público (LCSP) regula cómo las Administraciones españolas contratan bienes, servicios y obras. Esta guía práctica está pensada para autónomos y pymes que quieran acceder a las oportunidades de negocio que genera la contratación pública.

📌 Principios Básicos

  • Transparencia y publicidad: todas las licitaciones deben publicarse en plataformas oficiales.
  • Igualdad y concurrencia: cualquier empresa puede participar en igualdad de condiciones.
  • Eficiencia: el dinero público debe gestionarse correctamente.
  • Integridad: lucha contra la corrupción.
  • Sostenibilidad social y ambiental: se incluyen criterios de responsabilidad social.

📌 Tipos de Contratos

  1. Obras → Construcción o reforma de infraestructuras.
  2. Suministros → Compra de bienes muebles (equipos, vehículos…).
  3. Servicios → Prestaciones externas (asesoría, marketing, limpieza).
  4. Concesiones → El contratista asume el riesgo de la explotación.

📌 Procedimientos de Adjudicación

  • Abierto: cualquier empresa puede presentar oferta.
  • Restringido: solo participan los invitados tras preselección.
  • Negociado: se negocia con una o varias empresas.
  • Simplificado y supersimplificado: procesos rápidos para contratos pequeños.

📊 Umbrales Económicos (2025)

Tipo de contrato Importe máximo (menor) Simplificado
Obras ≤ 50.000 € Hasta 5.382.000 €
Servicios y suministros ≤ 15.000 € Hasta 215.000 €

📌 Obligaciones del Licitador

  • Inscripción en el ROLECE.
  • Uso obligatorio de medios electrónicos (PLACSP).
  • Estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social.
  • Cumplir requisitos de clasificación empresarial en ciertos contratos.

📌 Criterios de Adjudicación

  • Oferta económicamente más ventajosa, no solo precio.
  • Se valoran precio, calidad técnica, innovación, sostenibilidad.
  • Control de bajas temerarias mediante fórmulas de la LCSP.

📌 Dónde encontrar licitaciones

⚠️ Recuerda: no fracciones contratos para evitar la publicidad, usa siempre medios electrónicos y cuida la documentación técnica y administrativa.

Conclusión: La LCSP abre un mercado de más del 20% del PIB en España. Conocer esta normativa y preparar ofertas técnicas sólidas es clave para que pymes y autónomos accedan con éxito a contratos públicos.

¿Qué es la baja temeraria en licitaciones públicas?

La baja temeraria (también llamada oferta anormalmente baja) es aquella oferta económica que, por su reducción excesiva respecto a las demás, genera dudas sobre la viabilidad de ejecutar el contrato conforme a los pliegos. Su tratamiento está regulado por la LCSP y los pliegos de cada licitación.

La LCSP (Ley 9/2017) prevé que el órgano de contratación identifique y analice las ofertas con valores anormales o desproporcionados. No se excluyen de forma automática: antes debe solicitarse una justificación razonada al licitador.

Importante: la fórmula concreta para detectar la baja temeraria se define en los pliegos (puede ser un porcentaje sobre la media, parámetros estadísticos, etc.).

2) Cómo se calcula (con ejemplos)

El método depende del pliego. A continuación tienes dos ejemplos habituales a efectos ilustrativos:

Ejemplo A: Umbral por porcentaje sobre la media

Si el pliego fija que se considera temeraria toda oferta ≥ X% por debajo de la media de las ofertas válidas:

Ofertas (€) Media Umbral (−10%) ¿Temeraria?
120.000 · 105.000 · 100.000 · 95.000 · 90.000 102.000 91.800 Oferta < 91.800 ⇒ temeraria

Nota: El porcentaje y el modo de calcular la media (p.ej., excluir valores extremos) lo fijan los pliegos.

Ejemplo B: Media menos coeficiente × desviación

Algunos pliegos emplean umbrales del tipo Media − k × Desviación (con k determinado en el pliego):

Ofertas (€) Media Desviación k Umbral ¿Temeraria?
120.000 · 105.000 · 100.000 · 95.000 · 80.000 100.000 ≈ 13.038 1,5 100.000 − (1,5 × 13.038) ≈ 80.443 Oferta < 80.443 ⇒ temeraria

Aviso: Este es un ejemplo ilustrativo; la fórmula exacta, el valor de k y la forma de calcular la desviación los fija el pliego.

3) Qué ocurre si tu oferta es temeraria

  • El órgano de contratación te requiere una justificación dentro del plazo (normalmente 3–5 días hábiles, según pliegos).
  • Debes acreditar cómo ejecutarás el contrato cumpliendo calidades, plazos y costes.
  • Si la explicación es suficiente, la oferta continúa en el procedimiento; si no, puede ser excluida.

4) Cómo justificar una oferta anormalmente baja

  • Desglose de costes: personal, materiales, equipos, logística, subcontratas.
  • Eficiencias: economías de escala, logística optimizada, procesos certificados.
  • Innovación: tecnología propia, automatización, metodología que abarata sin reducir calidad.
  • Experiencia: proyectos similares, curva de aprendizaje, aprovechamiento de medios propios.
  • Condiciones de mercado: ofertas de proveedores, descuentos, estacionalidad.
  • Plan de riesgos: cómo mitigas desviaciones de precio/plazo.

5) Riesgos y buenas prácticas

  • No compitas solo en precio: valora criterios técnicos, sostenibilidad y plazos.
  • Lee los pliegos con detalle: fórmula de temeridad, exclusiones, documentación.
  • Usa una calculadora de bajas temerarias para prever el umbral antes de ofertar.
  • Documenta todo (ofertas de proveedores, métodos, evidencias de costes).
  • Evita ofertas inviables que comprometan la ejecución o tu tesorería.

Preguntas frecuentes (FAQs)

¿La baja temeraria lleva a la exclusión automática?

No. Antes debe pedirse justificación al licitador y valorarse por el órgano de contratación.

¿Quién decide la fórmula de cálculo?

El pliego de la licitación. La LCSP habilita el control, pero la mecánica concreta la marcan los pliegos.

¿Puedo justificar con descuentos de proveedores?

Sí, siempre que aportes evidencias (ofertas, contratos marco, históricos de compra).

¿Qué plazos tengo para justificar?

Los fija el pliego y la notificación. Suelen ser breves; prepara documentación con antelación.

¿Afecta a todos los tipos de contrato?

Puede aplicarse en obras, servicios y suministros. Revisa siempre el pliego específico.

¿Quieres calcular tu umbral de temeridad antes de ofertar?
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