Las siglas ROLECE significan Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado/Sector Público.
El ROLECE acredita la aptitud, capacidad de obrar, habilitación personal, solvencia técnica y financiera y clasificación de las empresas y autónomos que se inscriben en él.
La inscripción en el ROLECE surte efectos sobre todas las Administraciones Públicas del Estado Español. No teniendo que inscribirse en otros Registros Autonómicos cuando la empresa quiera licitar en otras Comunidades Autónomas distintas a la sede social.
ROLECE nació como iniciativa para evitar los excesivos trámites en los procesos de contratación pública en los cuales hay que aportar una cantidad excesiva de documentación para participar en cada licitación. Descubre nuestro servicio completo de gestión de licitaciones.
La Ley de Contratos del Sector Público 9/2017 exige la inscripción para participar en los procedimientos abiertos simplificados y simplificados abreviados. Lo dice expresamente su artículo 159.4.a):
“Todos los licitadores que se presenten a licitaciones realizadas a través de este procedimiento simplificado deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público”
Por sus cuantías, estos procedimientos concentran la inmensa mayoría de las licitaciones que se publican cada día:
¿Se te ha echado el plazo encima? Desde la reforma de 2022 del artículo 159, también puedes concurrir si acreditas haber presentado la solicitud de inscripción con toda la documentación antes de que termine el plazo de presentación de ofertas (aportando el justificante del registro y una declaración responsable). Es decir: si hay una licitación que te interesa y no estás inscrito, todavía estás a tiempo — presentamos tu solicitud hoy mismo y puedes presentar tu oferta.
Si presentas tu oferta a un procedimiento abierto simplificado o simplificado abreviado sin estar inscrito en el ROLECE (y sin haber presentado siquiera la solicitud de inscripción a tiempo), quedarás EXCLUIDO del procedimiento: la mesa de contratación ni siquiera valorará tu oferta.
Es una de las exclusiones más frustrantes que existen, porque no depende de tu oferta ni de tu precio: se pierde el contrato por un trámite que se resuelve en 24-48 horas. Y ojo: la falta de inscripción no es un defecto subsanable a posteriori si no solicitaste la inscripción antes del fin del plazo.
En Hans Soluciones tramitamos la inscripción en el ROLECE tanto de sociedades como de autónomos. Recomendamos la inscripción a cualquier empresa que vaya a iniciar un proceso de licitación.
El servicio completo cuesta 105 € + IVA: preparamos toda la documentación, tramitamos la inscripción contigo en una sesión remota desde tu propio ordenador (se firma con tu certificado digital) y hacemos el seguimiento hasta que está confirmada.
Nuestro tiempo medio de obtención de la inscripción es de 24 horas para sociedades y hasta 48 horas para personas físicas.
Más de 100 empresas y autónomos ya se han inscrito en el ROLECE con nosotros — y la mayoría siguen licitando después con nuestro servicio de gestión de licitaciones. Échale un vistazo a nuestros casos de éxito.
1. Preparamos la documentación. Si eres una sociedad, las certificaciones del Registro Mercantil que exige el ROLECE las pedimos nosotros por nuestra cuenta — están incluidas en el precio. Si eres autónomo, te indicamos exactamente qué documentos hacen falta y cómo obtenerlos con tu certificado digital; y si tu gestoría te cobra por ellos, los conseguimos contigo para que el coste para tí sea 0.
2. Tramitamos la inscripción contigo, en remoto y desde tu propio ordenador. La solicitud debe firmarse con tu certificado digital, así que concertamos una sesión en remoto: nosotros cumplimentamos todo el trámite en la plataforma del ROLECE y tú solo tienes que firmar. Sin desplazamientos y sin que tengas que pelearte con la sede electrónica.
3. Inscripción confirmada. Hacemos el seguimiento de la solicitud y resolvemos cualquier subsanación que plantee el registro. De media, la inscripción es efectiva en 24 h para sociedades y 48 h para autónomos, y ya puedes licitar sin riesgo de exclusión.
Dependen de si se inscribe una sociedad o un autónomo. Lo imprescindible en ambos casos es el certificado digital, porque la inscripción se firma con él (por eso el trámite lo hacemos contigo, en remoto, desde tu ordenador).
Si eres una sociedad:
Si eres autónomo:
Información adicional (opcional pero recomendable): cuentas anuales depositadas, cifras de volumen de negocio y pólizas de seguro. Inscribir estos datos te permite acreditar la solvencia económica en las licitaciones sin repetir papeleo cada vez.
Presentando una solicitud telemática en la web https://registrodelicitadores.gob.es, en el menú inicial, en la pestaña de Solicitud de Persona Jurídica (si es una empresa) o en la pestaña de Solicitud de Persona Física (si es un empresario autónomo).
Regulado en el Decreto 39/2011, de 22 de febrero. Permite la inscripción y acreditación de las personas físicas y jurídicas licitadoras, ante todos los órganos de contratación del sector público de la Administración de la Junta de Andalucía y de las entidades locales andaluzas dependientes. Con el objetivo de facilitar, agilizar y simplificar los procedimientos de contratación.
Registro de Licitadores · Oficina Virtual del Registro de Licitadores
Este registro es únicamente electrónico y voluntario. Exceptuando en los procedimientos abiertos simplificados, será de carácter obligatorio.
Registro de empresas licitadoras y clasificadas de Cataluña (RELIC)
El Registro de Licitadores y Empresas Clasificadas de la Comunidad Autónoma de Euskadi aglutina los datos correspondientes a las empresas individuales y sociales que contratan o se hallan en disposición de contratar con los entes del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi, de los sectores públicos forales de los Territorios Históricos de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa y del sector público local.
El ROLECE (Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público) es la herramienta estatal que acredita la solvencia de empresas y autónomos en los procesos de contratación pública en España. Su inscripción simplifica trámites, evita exclusiones y resulta obligatoria en determinados procedimientos.
Las empresas extranjeras pueden inscribirse aportando documentación de su país, legalizada o apostillada, junto con traducción jurada. Esta inscripción es necesaria si desean contratar con el sector público español.
Los autónomos también pueden inscribirse. Deben aportar certificado de alta en RETA, certificados de Hacienda y Seguridad Social, además de contar con un certificado digital.
Los justificantes emitidos en formato XML pueden convertirse en PDF desde la sede electrónica del ROLECE o mediante validadores externos de firmas electrónicas.
El acceso se realiza en la Sede Electrónica del Ministerio de Hacienda. Se requiere certificado digital o Cl@ve. Desde el portal se gestiona la inscripción, consultas y descarga de certificados.
El ROLECE acredita la solvencia empresarial de manera permanente, mientras que el DEUC (Documento Europeo Único de Contratación) es una declaración responsable que debe presentarse en cada licitación.
Ambos términos se refieren al mismo registro: “Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público”.
El REA (Registro de Empresas Acreditadas en la construcción) es distinto al ROLECE. El REA acredita requisitos laborales y de seguridad, mientras que el ROLECE acredita solvencia administrativa y económica.
El Ministerio de Hacienda ofrece soporte mediante teléfono de información, correo electrónico y formularios de contacto en la sede electrónica.
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